La Corte Constitucional de Colombia falló a favor y ordenó la entrega de carta de naturaleza a los niños en condición de abandono que hayan residido por más de 12 meses en el país y que se encuentren en proceso de adopción.
Con información de Noticias RCN
De esta manera, se avanza con el proyecto de ley que pretende otorgar la nacionalidad colombiana a menores de edad venezolanos que están bajo la custodia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
¿Cómo será el proceso de nacionalidad adoptada?
La Sala Plena de la Corte Constitucional fijó los lineamientos que regirán para otorgar la nacionalidad colombiana menores venezolanos que residan en Colombia en condición de abandono, garantizando la protección de sus derechos a una vida digna, al cuidado y amor, a tener una familia, a la igualdad y al estudio.
Inicialmente, el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá otorgar la carta de naturaleza para los niños que cumplan las condiciones establecidas.
Por otro lado, el ICBF deberá adelantar los trámites para que la Registraduría expida el respectivo certificado de registro civil.
El alto tribunal expresó en su decisión que «aquellos menores de edad de origen venezolano, migrantes irregulares y en situación de abandono probado, que acrediten como mínimo un año de domicilio permanente y continuo en Colombia, para efectos exclusivos de que se les tramite la nacionalidad colombiana por adopción, dice el fallo.
Esta orden de la Corte no cobija a todos los niños migrantes venezolanos, solo a aquellos que están en condición de abandono y esa declaración se da cuando se agota la búsqueda de familia extensa por parte del Defensor de Familia del ICBF.
La decisión se dio al estudiar el caso de un niño de nacionalidad venezolana que fue abandonado por su familia en Colombia hace más de un año, al que la Corte le protegió sus derechos al debido proceso.