viernes, marzo 14, 2025
- Advertisement -spot_imgspot_img

Roraima Bermúdez: «Suspensión de elecciones representa una violación al derecho a votar para los abogados»

- Advertisement -spot_imgspot_img

La presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados de Carabobo, Roraima Bermúdez, reveló que la sentencia judicial fue una decisión “sorpresiva” para el gremio de abogados, que concluyó con la suspensión de los comicios electorales del viernes 27 de mayo.

En conversación con Pedro Escalante y Junior Delpino para el programa Perspectiva, transmitido por WTC Radio Music & Busines expresó que la medida interpuesta por el Tribunal Supremo de Justicia llegó con 48 horas de antelación para la apertura electoral y representa “una violación al derecho al sufragio y a la participación política, para los más de 26 mil electores carabobeños”.

De acuerdo a la sentencia, se debía suspender los comicios por no recibir las autorizaciones correspondientes del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Bermúdez aclaró que desde el año 2018 la comisión electoral empezó a presentar todos los requerimientos legales (según las normas de gremios y sindicatos), en el que debían indicar el proyecto electoral, cronograma y la data actualizada del colegio de abogados. Sin embargo, no recibieron respuesta por parte del CNE, a pesar de que en ocho oportunidades han pedido la autorización del cronograma electoral.

Indicó que la autorización entraría en trámite en el año 2019, luego de 4 años sigue en tramitación y no les han otorgado solución alguna. Posteriormente, tuvieron que optar a las Normas de Apoyo Técnico para las Asociaciones Sindicales y Gremiales dictadas por el CNE, en el que ordenaban elecciones bajo un mandato de la sala electoral.

“Nos acogimos a esa normativa, ya que no requiere la autorización del Consejo. De manera que la única exigencia era notificarles los procedimientos, actos realizados y mandarles los resultados”, explicó la abogada. De esta forma dieron apertura al proceso de elecciones al fundamentarse con el cumplimiento de este mandato constitucional.

¿Se harán elecciones?

La presidenta de la Comisión Electoral, agregó que la realización de elecciones dependerá de la sentencia definitiva del amparo; por lo que evaluarán la medida cautelar, en la que la sala decidirá si se cometió violación de los derechos constitucionales. “Hasta que no exista un anuncio estará suspendido el proceso para evitar un daño mayor”, dijo.

“La sentencia de fondo se va a producir una vez que nosotros compadezcamos a la audiencia pública con todos los argumentos jurídicos correspondientes”, manifestó.

Bermúdez alegó la exigencia del CNE en formar parte del caso, ya que respondería ante el pueblo venezolano durante los 4 años en el que no han autorizado los comicios.

CNE al dictar su sentencia

La abogada recalcó que existen dos escenarios del organismo electoral. De existir un “sin lugar al amparo”, la medida quedaría suspendida y en libertad para celebrar elecciones en otra fecha distinta, pero bajo las mismas condiciones.

Por el contrario, de ocurrir un “con lugar al amparo” se realizará el derecho al sufragio con previa autorización del CNE, en el que exista un nuevo cronograma electoral en cumplimiento de todas las etapas nuevas solicitadas.

- Advertisement -spot_imgspot_img
Recientes
- Advertisement -spot_img